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Foro El secreto de Puente Viejo

el taller de costura (Raimundo, el Indiano)

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catalina11
catalina11
12/12/2011 12:09

EL TALLER DE COSTURA DEL SECRETO DE PUENTE VIEJO




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"Esos tristes trapos viejos, que entre zurcido y remiendo sin hacer mayor estruendo, a veces, llegan de lejos. Dulces recuerdos zurcidos con agujita de luna, y con nanitas de cuna de aquellos tiempos perdidos. En vieja colchita rota se van prendiendo ternuras, algunas penas muy duras y, una que otra hermosa nota. Tejida con mil retazos, con blanda lana de vida, y llanto de despedida para abrigar los abrazos. Cómo ignorar un abrazo de trapos viejos tejido, pues no está hecho de olvido, sino de soles de ocaso. Abrazos de trapos viejos mullidos y adorables, siguen tibios y entrañables, aunque vengan de muy lejos. Que no te falte mi abrazo de trapo viejo zurcido, si es un tibio y dulce nido, que te ofrezco entre mis brazos… ( del blog El rincón de la gaviota)"


Abro este hilo para comentar los entresijos que se esconden detrás de puente viejo. Sabemos que los guioniostas , directores y demás no dan "puntada sin hilo". Comentemos los porqués y distintas curiosidades en el momento histórico.
Preguntémonos , descubramos ...
También podemos hablas de descosidos, cosidos, zurzidos y desgarrones que hacen interesante la novela.
!Tiremos del hilo y a ver que pasa¡
Gracias.
#341
heart2011
heart2011
06/06/2012 21:18
Lo siento Catalina, siempre quiero escribir algo que este a la altura y no soy capaz de escribir una linea. Me quedo tan anonadada con lo que se escribe en el hilo que me quedo muda. Raro, rarisimo en mi pero es asi. No voy a prometer nada como tristan que ya sabemos que no lo cumple, pero si te diré que algun dia te sorprendere. Ya tengo el tema. Espero que la Doctora se vaya para atacar.

Un besazo y espero que ademas de mirona pueda aportar algo pronto.

hasta siempre y decir que me encanta todo.
#342
catalina11
catalina11
06/06/2012 22:08
Estoy segura que me sorprenderás bravoangel

Gracias a todas.
#343
catalina11
catalina11
09/06/2012 20:21
Estamos preparando LA boda, acontecimiento ya conocido por todas-os. Estemos o no estemos invitados una boda siempre inspira algo de curiosidad ,como iban los novios, quienes eran los invitados, dónde se celebró...
Repasemos unas curiosidades de la época.

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Vestido de novia

Hoy un tema muy importante, pero no en todas las épocas ha sido así, no sabemos (o no deberíamos saber) el modelo utilizado por Pepa pero veamos un poco la historia.


Por ejemplo en la antigua Roma las novias se casaban con sus túnicas, por lo general blanca como eran en el día a día, con la excepción que se colocaban un manto o velo púrpura y una corona de flores. Las griegas en cambio preferían las túnicas amarillas aunque no era una regla, lo único en común eran las flores en la cabeza. Las novias lombardas se vestían vestidas de negro y encima un manto rojo.

En la Edad Media cualquier traje servía para casarse, pero lo más común era hacerlo con colores alegres y túnicas rojas.
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En cambio, durante el Renacimiento lo hacían con vestidos que seguían las modas del momento: las mujeres nobles lucían costosísimos brocados de oro y plata, mientras que las más humildes estrenaban un traje que luego les sirviera para sus tareas diarias.

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1886 Posiblemente boda sin amor por la cara de la novia.

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Recordamos nítidamente cómo nuestras abuelas usaban el negro en su vestido de novia y nos soprendemos al conocer que el blanco, y toda su gama, no se generalizó para los vestidos de novia hasta mediados del siglo XIX. Y es que en épocas pasadas la mujer se casaba con el traje regional o con uno similar al de cada día pero en tejido más rico, elaborado y con más adornos. No fue hasta finales del siglo XIX que se empezó a utilizar un vestido de novia propiamente dicho y específico para las bodas

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eltallerdecosturaraimundoelindiano 1862

En 1900 los vestidos de novia en Paris eran luengos y relativamente poco abiertos y de color blanco neutro como símbolo de fortuna y no de inocencia.
Eran trajes de construcción derecha, en los cuales lo que importaba era la seda velluda y tupida con detalles en crepe
El color de los vestidos de novia en Paris puede variar entre el tono crema, marfil, champagne, beige, rosa, perla, e incluso blanco y negro, amarillo o morado. A lo largo del tiempo la elección del tono ha ido evolucionando. El tono azul se escogía para la mayoría de los vestidos porque representaba la castidad.

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#344
catalina11
catalina11
09/06/2012 20:39
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En España, no fue hasta bien entrado el siglo pasado que las novias adoptaron la blanca moda nupcial europea y hasta entonces continuaban utilizando vestidos de novia negros debido a la recisión económica que sufría el país
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Las fotografías de bodas de finales del siglo XIX y principios del XX, se han convertido en documentos antropológicos de indiscutible valor. En ellas constatamos datos sobre la edad de los contrayentes y acompañantes, clase social, moda en el vestir, calzado, complementos personales, etc. y detalles importantes como la costumbre de guardar luto por un familiar fallecido -novias vestidas de negro tocadas con velo blanco- que se inició entre las capas sociales más bajas y terminó siendo fagocitada por la clase burguesa
eltallerdecosturaraimundoelindiano 1902
En el campo se mantiene, hasta 1900, el uso del vestido de novia negro y el mantón de paño o de manila, pieza maestra del atuendo de matrimonio, e incluso del traje folklórico de fiesta
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Las grandes bodas retransmitidas masivamente por televisión como la de Fabiola de Mora y Aragón con el rey de Bélgica y la de Grace Kelly con Rainiero de Mónaco supusieron el lanzamiento definitivo de color blanco para el vestido de novia, que hoy perdura con toda su fuerza en la moda nupcial nacional.
(Historia del vestido de noviade Beatriz Mateos Alta Moda Sposa)
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#345
Ensemos
Ensemos
09/06/2012 21:32
Querida Catalina. Cómo siempre me encanta leerte; y cómo siempre cuándo termino la lectura digo " no te acostarás sin saber una cosa más"; y cómo todo está tan bien documentado tanto en los textos cómo las fotografías, de verdad, es una gozada. Gracias.

Lo que dices del mantón de Manila, es cierto; tengo una foto de mi abuela de novia, y debía ser más o menos a principios del siglo XX, o finales del XIX, y si, tiene un mantón de Manila negro.

Una cosa que no me cuadra mucho es el traje de novia de Pepa; es miuy bonito y ella está muy guapa con él, pero no tiene nada que ver con los de la época, no se concebía un traje sin mangas para entrar en la iglesia y recibir un sacramento. El de Gregoria lo veía más propio, aunque con bastante escote, aunque en aquella época enseñar el canalillo estaba bien visto, no así las piernas... ¡qué digo las piernas !... ni el tobillo.

Bueno, ya tenemos aquí, sea cómo fuere, la tan anhelada boda, vamos a disfrutarla que nos lo merecemos.
Un besote
#346
catalina11
catalina11
09/06/2012 21:49
Tienes razón Ensemos, siempre se ha dicho que no se podía entrar en una iglesia sin mangas, pero fíjate en el detalle, no se casan en la iglesia...luego lo desarrollo.

un abrazo
#347
catalina11
catalina11
10/06/2012 07:58
En el S. XIX, y hasta 1914, el traje del novio era esencialmente el frac, a veces azul o color ciruela, casi siempre negro, con un chaleco a juego o, antes de 1860, con un chaleco blanco bordado. Hacia 1909 algunos elegantes eligen la levita gris. El sombrero de copa era indispensable.

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liturgia de matrimonios

la Iglesia Católica, es la que tiene más flexibilidad y opciones para su celebración y validez en el sacramento del matrimonio. El derecho de la Iglesia prescribe que para que sea válido un matrimonio debe de tener tres elementos básicos:

el consentimiento

Así, pues, ya que queréis contraer santo Matrimonio, unid vuestras manos, y manifestad vuestro consentimiento ante Dios y su Iglesia.
Se dan la manos derecha.
Yo, NN, te recibo a ti, NN, como esposa y me entrego a ti y prometo serte fiel en la prosperidad y en la adversidad, en la salud y en la enfermedad, y así amarte y respetarte todos los días de mi vida.
Yo, NN, te recibo a ti, NN, como esposo y me entrego a ti y prometo serte fiel en la prosperidad y en la adversidad, en la salud y en la enfermedad, y así amarte y respetarte todos los días de mi vida


la bendición ]

...el Dios que unió a nuestros primeros padres en el paraíso
confirme este consentimiento ante la Iglesia
y, en Cristo, os dé su bendición,
de forma que los que Dios ha unido,
no lo separe el hombre...



el intercambio de los anillos

NN, recibe esta alianza,
en señal de mi amor y fidelidad a ti.
En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
NN, recibe esta alianza,
en señal de mi amor y fidelidad a ti.


la bendición nupcial

...Yo os declaro marido y mujer...puedes besar a la novia

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Hoy otra opción para la celebración del matrimonio es realizarlo dentro o fuera de la Iglesia. En el caso de un matrimonio entre una persona católica y una no bautizada, la ceremonia se celebra fuera de la Iglesia. Dudo que en 1903 pasara esto pero Pepa se ha casado dos veces y se ha celebrado el funeral de Martin siempre fuera de la iglesia, ¿ significa esto que Pepa no está bautizada? No creo, Don Anselmo no lo consentiría, pero... tenemos un cura moderno.
#348
catalina11
catalina11
10/06/2012 08:21
La Simbología Nupcial

El novio no debe ver a la novia ni a su vestido antes de la ceremonia. El novio debe llevar la corbata correctamente puesta, ya que si la lleva torcida significa que le sería infiel a la novia.tristeasombradoouchno

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El tocado
La tradición de que la novia utilice tocado el día de su boda viene porque en la antigüedad se acostumbraba que las mujeres llevaran una guirnalda de flores.

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Originalmente, la novia usaba el velo como símbolo de juventud. Las novias católicas lo utilizan como símbolo de pureza. Debido a esto, en ocasiones la novia lo elige de dos capas, para llegar al altar velada y que el novio la desvele cuando le es entregada por su padre o algún familiar cercano si éste ha fallecido.


Las camisas de los hombres
Las camisas eran de tirilla, y aparte tenían el cuello planchado (que era independiente) y que se colocaban con unos botoncitos. La gente sin recursos no llevaba estos cuellos postizos y llevaban cuello de tipo tirilla. Eran de algodón. La gente con recursos llevaba a almidonar el cuello y los puños, que también eran desmontables.


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¿ Qué creéis que le ha pasado a la camisa de Tristán?
#349
catalina11
catalina11
10/06/2012 08:44
MOMENTOS MAS PROPICIOS PARA EL CASAMIENTO

En la Edad Media las novias trataban de casarse la noche de la luna llena porque creían que serían bendecidas con fertilidad y abundancia económica.

14-6-2012 CUARTO MENGUANTE
14-6-1903 CUARTO MENGUANTE nono

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Los lunes eran considerados días buenos para casarse, porque desde la Europa prerromana el lunes era el día de la Luna, la diosa madre. Esa tradición luego la tomarían los romanos.

El refrán "en martes no te cases ni te embarques" (en algunos lugares "en martes ni te cases ni te embarques, ni de tu casa te apartes") proviene de la Antigua Roma. Marte era el dios de la guerra, por lo que los romanos pensaban que el martes (el día dedicado a ese dios) era un día propicio para desgracias, catástrofes y sangre. Entonces, para tener una convivencia pacífica se prohibió viajar y casarse un día martes.lengua

El viernes era el día consagrado a Venus, la diosa de la belleza y el amor. Ella se encargaría de que el cariño de los novios fuera duradero.no

El domingo era un día bendito en la Europa prerromana, pues era el día consagrado al dios Sol. Los romanos lo llamaron domínicum, por dómine, señor, 'dominador', dios. Se suponía que el dios Sol derramaría salud, alegría y abundancia sobre los esposos.no



No había que casarse en enero (época de muchísimo frío y carestía en Europa), ya que tendrían escasez económica todo el resto de su vida. Esta superstición se basa en la creencia de que la época en que se genera un proyecto influye en su desarrollo.

uuffff!!¡ menos mal ! porque augurios lo que se dice augurios, pocos favorables. El jueves parece ser un día neutro, no se habla de el ni para bien ni para mal.


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QUE LA DIOSA FORTUNA NOS ACOMPAÑE
#350
esdpvluna
esdpvluna
10/06/2012 11:14
Muchas gracias catalina, no suelo comentar mucho por aqui, pero que sepas que siempre, siempre, siempre te leo. Muchas gracias por el trabajo que nos muestras, por que no es facil.
Repito, gracias de nuevo.
#351
eva852
eva852
10/06/2012 20:59
¡Cuánto se aprende en este hilo!. Gracias Catalina por todo el trabajo que debe suponerte traer tan buena documentación.

Estoy con vosotras en cuanto a los trajes que han elegido nuestros chicos para la boda. El de Pepa es muy bonito y, como tiene esa figura tan esbeltaç y es tan guapa, le sienta fenomenal pero no creo que pertenezca a la época. Me recuerda al mio que tenía el mismo escote y era muy entalladito, tenía manga larga, fué en mayo. Tampoco llevaba velo sino dos camelias blancas en el pelo, pero fue 80 años después. No creo que en esa época se entrara a la iglesia sin velo, o sin tener la cabeza cubierta y, por supuesto, desmangada. Esta boda es en el campo, fuera de la iglesia, y no se en este caso, como se vestían.

En cuanto a Tristán, también echo en falta el corbatin. Tan dado que ha sido hasta ahora a llevarlo, ¡cómo se casa sin corbata! El está muy guapo, con y sin corbatín, y por supuesto mucho más guapo que con el uniforme que le pusieron para la boda con Gregoria, ¡qué mal le sentaba!. El chaval tiene buen tipo y con la levita está muy bien pero echo en falta la corbata.

De todas manera da igual. Va a ser una boda preciosa, en un entorno idílico y sobre todo con mucho amor. Todo perfecto. La pena es cómo termina pero, ya se sabe, estamos en Puente Viejo.

Un abrazo Ensemos. Me ha alegrado mucho saber quien eras. Nos leemos.
#352
catalina11
catalina11
11/06/2012 08:53
Muy amables esdpvluna y Eva852, se agradecen vuestros palabras. Esperemos ver el desarrollo de la boda y hablamos.

Un abrazo
#353
Ensemos
Ensemos
11/06/2012 10:52
Buenos días a todas mis queridas puentevejeras.

Eva852, también me alegro mucho encontrarte por aquí; un abrazo.

Retomando el tema BODA, y más concretamente el traje de Pepa. Se comprende que la ceremonia se celebraba al aire libre, con lo cual, al no ser en un templo consagrado, quizás no era necesario guarda las formas. También hay que reconocer que esa era una manera circunstancial de celebración, quizás motivada por la cercanía y mal recuerdo de la "no boda" en la iglesia del pueblo, que evidentemente, podría empañar el brilo y la solemnidad de la "si boda".

Con esto, lo que yo veo, es una aprecisión particular, es que se han saltado todo el protocolo de la época en cuanto a formas de vestir, pues un vestido sin magas, y menos para una novia, no se concebía; distinto hubiera sido con un volante ancho al filo del escote y que cayése sobre los brazos.

Bueno, sea cómo fuere, tampoco hay que rasgarse las vestiduras; Pepa está guapísima, aunque los de vestuarios hayan ido por traje a pronovias.

También me ha parecido mal que Tristán vaya sin corbatín y sin cuello en la camisa, pues eran de quita y pon; posiblemente, no ha ido por su ropa a la casona, con lo cual no dispone de otra indumentaria, y por eso, viste cómo un día normal. De cualquier manera, y sea cómo fuere, está GUAPÍSIMO.

Bueno, un besazo para todas.
#354
ansap2011
ansap2011
12/06/2012 09:34
Hola.
Siento interrumpir el hilo de la boda , para introducir otra tema que ha salido recientemente en la serie. Solemos ver en las noticias este tema referido a los supuestos delitos de honor cuya ley aún estàn vigemte en algunos paises islàmiscos , pero para horror mío he descubierto que aún en fechas recientes era algo que también se daba en nuestro pais.
Reproduzco un articulo de Abc del año 2010 , en que habla del tema

Muerte por adulterio en España, un «derecho» del marido hasta 1963

Hasta hace sólo 47 años el Código Penal contemplaba el «derecho» del marido a matar a la mujer adúltera, como la iraní Ashtiani
ABC / madrid
Día 15/09/2010

Tanto el Consejo de Europa como el Congreso de los Diputados en España pidieron ayer al Gobierno iraní que revise la sentencia por adulterio contra Sakineh Mohammad Ashtiani con el objetivo de cumplir con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La suspensión de la lapidación anunciada por Teherán "es un paso adelante, pero insuficiente, que se limita a aplazar la ejecución de la sentencia", ha señalado José Mendes Bota, presidente de la Comisión de Igualdad entre hombres y mujeres de la asamblea parlamentaria (APCE).
Todos los diputados españoles han trasladado su apoyo a Ashtiani, acusada de adulterio, que en Irán está castigado con la lapidación "según una particular interpretación de la ley islámica", como recuerda el texto del Congreso. No hace tanto, sin embargo, el Código Penal español contemplaba el derecho del marido a matar a su mujer adúltera. Un "derecho" eliminado hace sólo 47 años, en 1963.
Ya el Código Penal de 1870 recogía en su texto la fórmula de la «venganza de la sangre», una facultad criminal concedida a los padres y maridos para matar a sus hijas y esposas, y a los hombres que yacían con ellas. Los antecedentes se remontan al Derecho gentilicio romano, a una ley promulgada por el emperador Augusto que introduce legalmente la pena por adulterio para la mujer casada, y a dos textos de Papiano que muestran el derecho del paterfamilias de matar al cómplice del adulterio, e incluso también a su misma hija.
Este «privilegio de la venganza de la sangre» fue reintroducido por la dictadura de Franco y revisado en 1963, eliminándolo del Código Penal.
Sin embargo, la figura del marido como cabeza de familia y la necesidad de la licencia marital no desaparecieron hasta la reforma del Código Civil de 1975, que supuso un paso decisivo para la mujer. El artículo 62 del nuevo Código declaraba: «El matrimonio no restringe la capacidad de obrar de ninguno de los cónyuges», y el 63 establecía que ninguno de ellos podía atribuirse la representación del otro. El deber de obediencia de la mujer al marido quedó eliminado y sustituido por el deber de mutuo respeto y protección recíprocos.
Desde el punto de vista práctico, la mujer podía disponer por ley de sus bienes, aceptar herencias, comparecer en juicio, contratar, ser tutor... Además, el domicilio conyugal se elegía de común acuerdo y ya no estaba obligada a seguir al marido ni perdía su nacionalidad. Pero éste seguía conservando la patria potestad y la administración de los bienes gananciales, y podía disponer de los bienes muebles, valores o cuentas aunque los hubiese ganado la mujer con su trabajo.
Otras dos reformas importantes fueron la de 1970, que eliminaba la posibilidad de que el padre diese en adopción a los hijos sin el consentimiento de la madre, y la de 1972, que permitía a las hijas mayores de edad, pero menores de veinticinco años, abandonar la casa de los padres sin su consentimiento.
Finalmente, y con la instauración de la democracia en España, la no discriminación legal por razón de sexo quedaba garantizada por la Constitución de 27 de diciembre de 1978
#355
Ensemos
Ensemos
12/06/2012 13:51
Buenos día queridas amigas puentevejeras.

Desde luego es para reflexionar, hasta hace nada cómo viviamos las mujeres, sin ir más lejos, en España. Desconozco las fechas exactas, pero era en el siglo pasado, el adulterio era diferente para el hombre que para la mujer. Mientras que la mujer cometía adulterio simplemente con ser sorprendida yaciénso en el mismo lecho con un hombre, estubieran haciéndo el coito, durmiéndo o simplemente hablando; en cambio el hombre, solamente cometía adulterio si era sorprendido en el momento del cóito.

Menos mal que, gracias a Dios, esto ya está superado y la ley de igualdad, en estos casos es perfecta; no así a la hora de valorarnos profesionalmente. Yo entiendo que si un hombre es superior a una mujer en el terreno profesional, tanto a nivel intelectual cómo académico, sea él el que ocupe el puesto diractivo; pero que si es la mujer quién reune los requisitos, no se argumente que hay establecida cuota en las empresas, para los puestos directivos que pueden ocupar las mujeres. En este campo, todavía, hay mucho por andar.

Un besazo a todas.
#356
catalina11
catalina11
13/06/2012 07:41
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un tipo de ordalía de origen hebreo, que es más conocida como “La prueba de las aguas amargas”.
Se utilizaba en casos de presunto adulterio y sólo con las mujeres.
La acusada debía ingerir un brebaje preparado por el sacerdote y en el que diluía, en agua consagrada y mezclada con tierra del sueño del tabernáculo, un papel con estas maldiciones:

“Si no ha dormido contigo ninguno y si no te has descarriado, contaminándote y siendo infiel a tu marido, indemne seas del agua amarga de la maldición, pero si te has descarriado y fuiste infiel a tu marido, contaminándote y durmiendo con otro, hágate Yahvé maldición y execración en medio de tu pueblo y séquense tus muslos e hínchese tu vientre, entre esta agua de maldición en tus entrañas para hacer que tu vientre se hinche y se pudran tus muslos”.

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Para la sociedad medieval los deslices de las esposas representaban un plus de gravedad al contribuir a poner en peligro el orden natural de la descendencia y la transmisión de la herencia familiar con la introducción de la bastardía. Eran un atentado al honor del marido y de la familia, a su buena fama pública, que exigía ser restituida con el recurso a la sangre, a la violencia, con lo cual se producía una alteración de la paz ciudadana.

Según el Derecho Castellano, el marido estaba facultado para matar a los adúlteros si así lo deseaba y para disponer de sus bienes como quisiera. Ahora bien, y como se recoge en elFuero Real (ca. 1252-1255), no podía vengar la afrenta sufrida con la vida de uno solo de los adúlteros y perdonar la del otro; o los dos o ninguno. El Ordenamiento de Alcalá de Henares (1348) se hizo eco de esta filosofía penal:

“Si el esposo los hayare en uno, que los pueda matar, si quisiere, ambos a dos, así que no pueda matar al uno, y dexar al otro.”

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Al margen de estas acciones, también existía la posibilidad de reconciliación cuando las mujeres infieles alcanzaban el perdón de sus maridos. Esta posibilidad estaba prevista en la legislación:

“Si después que la muger ha fecho el adulterio, la recibe el marido en su lecho a sabiendas, o la tiene en su casa como a su muger [...] entiéndase que la perdonó.”

Para evitar dudas que en el futuro pusieran en graves aprietos a estas mujeres perdonadas, podían exigir a sus maridos que dejaran por escrito y ante notario su perdón. Estos documentos notariales eran designados con el nombre de "cartas de perdón de cuernos", y en ellas se consignaba la voluntad de volver a reiniciar la vida en común. La Iglesia era favorable a la concesión del perdón del marido a fin de evitar venganzas y derramamientos de sangre, y para ello se apoyaba en el ejemplo de Cristo, que perdonó a la mujer adúltera.

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#357
catalina11
catalina11
13/06/2012 14:55
Dando un salto en el tiempo y situandonos en los años que transcurre nuestra serie:

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En un artículo titulado "Adulterio y divorcio", aparecido en Alma española (nº 10, 1903, p. 2), Pío Baroja rechaza tajantemente la creencia generalizada de que "el adulterio en el hombre es una falta", mientras que "en la mujer es un crimen", y toma partido por la legalidad del divorcio. Termina incluso su artículo expresando su esperanza de que este prepare el camino para la unión libre, "la forma más perfecta, más acabada de la unión sexual". En cualquier caso, hay que señalar que las posturas más radicales que preconizaban la disolución del núcleo familiar, como las propuestas a finales del siglo por algunos militantes anarquistas, como Anselmo Lorenzo, apenas suscitaron el apoyo ni siquiera de sus propios compañeros .

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La segunda República Española
La Constitución de la República Española de 1931 supuso un punto de inflexión en la historia jurídica de nuestro país, en cuanto que reconoció, por primera vez, la igualdad jurídica entre mujeres y hombres. Dicho principio se recogió en su artículo 25, en el que se declaraba expresamente que «No podrán ser fundamento de privilegio jurídico, la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas».

Por otra parte, en el ámbito del derecho privado, el artículo 43 reconocía
la igualdad de derechos de ambos sexos en el matrimonio, así como la disolución del mismo a petición de cualquiera de los cónyuges alegando justa
causa, lo que permitió instaurar el divorcio a través de la Ley de 2 de marzo
de 1932, en la que se establecía la igualdad de los hijos, desapareciendo la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos, se adoptaba el termino «autoridad
del padre y de la madre», frente a la clásica autoridad paterna, y se aceptaba
el mutuo consentimiento para obtener el divorcio.

Sin embargo, la situación descrita anteriormente apenas duró un lustro. Ya que el golpe de estado militar y la Guerra Civil dieron paso al triunfo del Régimen Franquista que supuso una profunda regresión en el camino de la igualdad, devolviendo a la mujer al rol tradicional, de esposa y madre, suprimiendo todos los logros obtenidos durante los años que había durado la Segunda Republica

La dictadura estableció de inmediato una serie de medidas destinadas a reposicionar a la mujer en una situación de sometimiento. Todos los avances logrados desaparecieron casi de un plumazo.

En consecuencia con ello, la mujer tenía prohibido ejercer la patria potestad de sus hijos, ostentando sólo una patria potestad subsidiaria, en defecto de padre, según disponía el artículo 154 del Código Civil. Hasta tal punto se le privaba de la patria potestad, que el padre podía llegar a dar a sus hijos en adopción sin consentimiento de la madre, mientras que la mujer tenía prohibido adoptar por sí sola.

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El franquismo controló y reprimió con especial energía todo lo relacionado
con el comportamiento sexual de las personas, y especialmente de las mujeres.
La religión católica impregnaba todo el derecho, incluido, cómo no, el derecho penal, y por lo tanto la norma se utilizaba para moralizar, orientándose hacia la represión y no hacia la protección de los derechos de los ciudadanos, y mucho menos de las mujeres.

La promulgación del Código Penal de 1944 supuso, en relación con la normativa anterior, un claro y duro empeoramiento de la situación jurídica de la mujer.
En dicho Código Penal se incluyó entre los tipos penales, el llamado «uxoricidio por causa de honor», que había suprimido el Código republicano. Este delito de uxoricidio constituía un auténtico privilegio concedido al hombre en defensa de su honor, en virtud del cual podía matar o lesionar a la esposa sorprendida en flagrante adulterio o a la hija menor de veintitrés años, mientras viviere en la casa paterna, cuando fuere sorprendida en análogas circunstancias.
Asimismo en dicho Código se volvía a recoger el tipo penal de adulterio, pero sólo para la mujer, ya que para el hombre el tipo delictivo era distinto: el amancebamiento.

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En España hubo que esperar hasta el 26 de mayo de 1978 para que se derogaran los artículos 449 y 452 del Código Penal relativos al adulterio y al amancebamiento. Hoy ambas conductas continúan contempladas en el Código Civil como causa legal de separación, aunque sólo un 10% de las demandas de divorcio se interponen alegando el adulterio del cónyuge.

Hasta entonces, engañar a tu pareja no era sólo motivo de condena moral, sino causa suficiente para ingresar en prisión y tener que hacer frente a fuertes sanciones económicas. Sobre todo si quien engañaba era la mujer porque para el hombre existía cierta dispensa, producto del machismo imperante. Y hay que estar agradecidos, porque en otras culturas la unión sexual de dos personas cuando uno o ambos están casados es castigada con la confiscación de los bienes de los delincuentes que, incluso, pueden ser condenados a la pena de muerte. Ocurre en Sudán, Iraq, Irán, Nigeria o Afganistán, donde las mujeres, que no los hombres, son lapidadas. México, sin llegar a esos extremos, también castigaba el adulterio, hasta su despenalización en mayo de este mismo año. Asociaciones como Amnistía Internacional trabajan cada día para conseguir el fin de estas condenas y evitar que millones de mujeres sigan siendo discriminadas por este motivo.
#358
catalina11
catalina11
16/06/2012 19:15

Instrucciones para dejar embarazada a tu pareja en la Edad Media.




"Después de la medianoche e ante del día, el varón deve despertar a la fembra; fablando, besando, abrazando e tocando las tetas e el pendejo e el periteneon, e todo aquesto se face para que la mujer cobdicie; que las dos simientes concurran juntamente; porque las mujeres más tarde lanzan la esperma.

E quando la mujer comienza a fablar tartamudeando, entonces devense juntar en uno e poco a poco deven facer coito e deve se juntar de todo en todo con el pendejo de la mujer en tal manera que el ayre non pueda entrar en ellos.

E después que haya echado la simiente deve estar el varón sobre la mujer sin facer movimiento alguno que no se levante e después que se levantase de sobre la mujer deve estender sus piernas e estar para arriba e duerma si pudiese que es mucho provechoso e non fable nin tosca."

Así y no de otra forma se debía copular según el Libro de Medicina del siglo XV; conocimientos médicos de galenos medievales que posiblemente siguieron matrimonios con el ánimo, según el momento, de procrear o disfrutar.

eltallerdecosturaraimundoelindiano
#359
siberina
siberina
17/06/2012 13:56
ja ja ja ja....para mi pendejo, siempre había tenido otro significado...ja ja ja

Ay!! cuánto retraso llevaba Catalina...todas las demás. Qué interesante todo.
Me vais a permitir amigas, un pequeño matiz a lo apuntado, aunque ya estemos a otra cosas mariposa...para una cosa que sé.....
He leído que aún se contemplaba el adulterio como causa de separación y que sería el 10 % de las demandas de divorcio.
Pues bien, actualmente, ni el adulterio ni ninguna otra cuestión sería ya causa de divorcio. Desde el año 2005, tras la ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, es decir, la llamada ley del divorcio Express, no es necesario aducir ninguna causa para divorciarse. Basta que hayan trancurrido únicamente 3 meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio. En este caso ni haría falta esperar este plazo.
Como veis, tras la despenalización de estas conductas adulterio, amancebamiento o abandono de hogar (recuerdo cuando Pepa casada con Alberto y Trsitán planeaban marcharse), también el derecho civil se hizo eco pasando a primer plano la voluntad de las personas. Basta que uno no quiera seguir casado. Ni la infidelidad, ni el abandono de hogar, ni la desatención a los hijos o al cónyuge ni ninguna causa pueden aducirse ya para divorciarse...mucho menos para justificar cualquier otra conducta más grave, que sí tendría su respuesta penal, especialmente tras la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Siempre en el mundo del Derecho se suele decir que la ley va muy por detrás de la Sociedad. La justicia tanto si se entiende como servicio público como entendida como valor moral, es lenta, pero en muchas ocasiones es porque la ley es lenta. Sólo cuando determinadas conductas ya están perfectamente asentadas en la sociedad, ya sea para bien o para mal, la ley decide dar un paso. Y a veces llega demasiado tarde.
#360
catalina11
catalina11
17/06/2012 20:37
Gracias por tu aportación Sibe, nos has actualizado hasta el 2012.

Y ya sabes,...¡cuidado con el pendejo! jejeje

más curiosidades:
En el siglo XIX, se esperaba que las mujeres virtuosas de la clase media adoptaran la modestia.
Consentían el sexo con su esposo para procrear, pero si su esposo era un alma decente la sometía a sus impulsos animales con la menor frecuencia posible. Por desconcertante que parezca en la actualidad, muchas mujeres de clase media aceptaron fácilmente la idea de que ellas carecían de pasión sexual, ya fuera por la presión social de una clase media cohibida, por ignorancia o por ambos motivos.

Aquí algunos de los 'tips' sexuales de hace un siglo:

1. Una esposa inteligente permitirá como máximo dos breves experiencias sexuales a la semana, y conforme pase el tiempo ella deberá hacer todos los esfuerzos para reducir la frecuencia.asombrado

2. La mayoría de los hombres obtienen la mayor parte de su satisfacción sexual mientras reposan pacíficamente una vez que el acto sexual terminó. Por lo tanto, la esposa se debe asegurar que el esposo no tenga tranquilidad en ese momento para disfrutar, o de lo contrario podría verse animado a querer más sexo.ouch
3. Una esposa inteligente hará como uno de sus objetivos el nunca permitir que su esposo la vea desnuda, y nunca permitirle a él mostrar su cuerpo desnudo a ella.triste

Nada que ver con Puente viejo desde luego...
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